Requisitos de las personas interesadas
Las personas beneficiarias son aquellas mayores de edad que tengan hasta 35 años incluidos en el momento de solicitar la garantía y que adquieran su primera vivienda para destinarla a su domicilio habitual durante al menos dos años desde la fecha de adquisición.
La persona beneficiaria:
1. No podrá ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en todo el territorio nacional, salvo excepciones reguladas.
2. Estará empadronado en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
3. Habrá suscrito un contrato de arras o preacuerdo que acredite el compromiso de compraventa del inmueble.
4. Tendrá autorizado el préstamo hipotecario por su EEFF representante.
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/fomentoarticulaciondelterritorioyvivienda/areas/vivienda-rehabilitacion/programa-garantia-vivienda-joven.html